Oscar Armando Ugartechea Salmerón*

Palabras clave: defensa del bosque, formas alternativas de gobierno, Cherán

 

El pasado 5 de febrero se cumplió el primer lustro de la toma de posesión definitiva de una forma alternativa de gobierno, distinta a lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Federal,[1] en el municipio de Cherán del estado de Michoacán, México. Para comprender la importancia de este hecho, es necesario hacer un breve recuento de los acontecimientos que llevaron a la toma de posesión del Concejo Mayor de Gobierno Comunal (CMGC), conocido coloquialmente como Los Doce Keris.

El municipio de Cherán se localiza en la región conocida cómo la Meseta Purépecha, en el estado de Michoacán. El municipio tiene una extensión territorial de 221,88 kilómetros cuadrados. Su población es de 18.141 habitantes, repartidos en tres núcleos urbanos: Cherán, Tanaco y Casimiro Leco (Sedesol, 2013). Constituida principalmente por población indígena, Cherán es la comunidad purépecha más grande en cuanto a territorio de Michoacán. La comunidad es también la cabecera municipal, lo que la convierte en la única comunidad indígena que domina la jurisdicción municipal en Michoacán (Aragón, 2013: 40). Además de los atributos sociales ya mencionados, un elemento importante a considerar es la gran riqueza forestal con la que cuenta el municipio. En las zonas montañosas domina el bosque de pino (Pinus sp.), mientras que en zonas bajas sobre todo hay arbustos y encinos (Quercus sp.) (España-Boquera y Champo-Jiménez, 2016: 143). Los recursos forestales y sus derivados han sido y continúan siendo hasta hoy el pilar básico de los medios de vida de los cheranenses.

En la coyuntura de inseguridad e inestabilidad social y política derivada de las políticas de lucha contra el crimen organizado emprendidas en el año 2006, la defensa del bosque fue la arena en la que se desencadenaron los primeros sucesos de nuestra historia de insurrección. Si bien durante años Cherán había sufrido la explotación ilegal de sus recursos forestales por parte de las localidades vecinas, no fue hasta la aparición de un nuevo jugador que el panorama de los cheranenses cambió radicalmente (Ventura, 2012: 160). Las bandas de talamontes vinculadas a grupos del crimen organizado irrumpieron en el municipio y emplearon tácticas violentas de intimidación para saquear los bosques de Cherán en pocos años. Se estima que en seis años se perdieron en total 9069,35 hectáreas de bosque, lo que representa un promedio de 1500 hectáreas anuales. Esto corresponde a una pérdida del 71,24 % de las 12.730,48 hectáreas de bosque con las que contaba Cherán en el año 2006. La mayor parte de la deforestación se produjo entre 2010 y 2011 (2815 hectáreas) y se concentró en la zona más cercana al núcleo urbano (España y Champo, 2016: 146).

Imagen 1. Pintura mural en Cherán. Autor: Oscar Salmerón.

En respuesta al saqueo indiscriminado de sus bosques, la escalada de violencia e inseguridad dentro de la comunidad y la inacción de todos los niveles de gobierno, los cheranenses emprendieron una acción popular que los llevaría a instancias sin precedentes. Después de años de atropellos y de peticiones al Gobierno ignoradas, la lucha estalló en la mañana del 15 de abril de 2011.

Aquella mañana un grupo de mujeres hizo frente a los talamontes; posteriormente se les unieron los hombres. El motivo que detonó la reacción de las mujeres fue el derribo por parte de los talamontes de los arboles de las inmediaciones del manantial La Cofradía, que abastece de agua a la comunidad (Ventura, 2012: 160-161). Aragón (2013: 43-44) narra que el enfrentamiento se prolongó por horas y dejó como saldo varios heridos por arma de fuego. También explica que, ante la preocupación por las posibles represalias, los comuneros optaron por establecer barricadas y fogatas en los márgenes de la comunidad a modo de instrumentos de vigilancia y defensa. Estas acciones fueron acompañadas por fuertes protestas que terminaron por hacer que el presidente municipal y sus colaboradores huyeran de Cherán.

A raíz de los eventos de la mañana del 15 de abril, en Cherán se detonó un fuerte proceso de organización. Las fogatas, creadas originalmente para proteger las entradas de la comunidad, sirvieron para reactivar las asambleas de barrio y la asamblea general como espacios de toma de decisiones (Llanderal, 2012: 9). Estas asambleas eligieron cuatro representantes, uno de cada barrio, para formar una comisión, conocida como la Comisión General, con el objetivo de mediar en el conflicto con las autoridades. Posteriormente se formaron dieciséis comisiones más, encargadas de cubrir las necesidades de la comunidad (Ojeda, 2015). Este nuevo proceso de autogestión, producto de la necesidad, llenó el vacío dejado por el Gobierno municipal y alimentó la idea del autogobierno.

El inicio de esta nueva etapa de autogestión en Cherán coincidió con el comienzo del periodo electoral estatal para renovar presidentes municipales y gobernador. Para entonces el descontento de la población purépecha tanto con el Gobierno como con los partidos políticos había crecido. Los comuneros justificaban su desconformidad por dos razones. La primera eran las múltiples omisiones del Gobierno ante el saqueo de los bosques. La segunda, las divisiones creadas por los partidos dentro de la comunidad (Ventura, 2012: 163-164). Así, la consigna de no permitir el reingreso de los partidos políticos a la comunidad y al municipio tomó tal fuerza que terminó por guiar las acciones de cara al periodo electoral.

Para materializar la nueva consigna popular, la comunidad se internó en la arena legal. La primera acción que esta emprendió en este sentido consistió en solicitar al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) la posibilidad de organizar una elección por “usos y costumbres”, como ya ocurría en otras partes del país. Dicha solicitud fue sometida a la opinión de diversas instituciones académicas. El 9 de septiembre de 2011 el Consejo General del IEM determinó que no tenía atribuciones para resolver la petición (Ibarra y Castillo, 2014: 274), resolución que llevó a la comunidad a replantear su estrategia.

Imagen 2. Vista de un vivero forestal en Cherán. Autor: Oscar Salmerón.

Junto con un equipo de cuatro abogados ─dos pertenecientes a la comunidad, uno de ellos parte de la Comisión de Honor y Justicia, y dos abogados de la ciudad de Morelia─, la comunidad acordó continuar las acciones legales. A pesar de la complejidad de un juicio de este tipo, esto le permitía moverse paralelamente en la arena institucional y en la del activismo político (Aragón, 2013: 49-50). El equipo legal siguió la estrategia de interponer un juicio para la protección de los derechos político-electorales comunitarios ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federal (TEPJF) en Toluca.[2] Dicho recurso después fue atraído por la Sala Superior del TEPJF, donde se dictaminó (Ibarra y Castillo, 2014: 274-275). El 2 de noviembre de 2011 la Sala Superior del TEPJ resolvió a favor del municipio indígena de Cherán. Dicha resolución reconoció, por primera vez en la historia del Estado mexicano, el derecho de un municipio indígena a elegir a sus autoridades de acuerdo a sus usos y costumbres[3] (Aragón, 2013: 37).

A raíz de esta resolución, los cheranenses eligieron libremente dejar fuera a los partidos políticos y mantener la autoridad colegiada, el Concejo Mayor de Gobierno Comunal, también conocido como Los Doce Keris. Para conformar su estructura de gobierno, cada uno de los cuatro barrios de Cherán elige en asamblea a tres representantes. Este órgano supremo de gobierno es el encargado de la toma de decisiones de carácter general. A su vez, el Concejo Mayor está secundado por concejos operativos que ejecutan las políticas en ámbitos específicos de competencia (Calveiro, 2014: 208). Los Doce Keris tomaron posición definitiva del gobierno del municipio indígena de Cherán el día 5 de febrero de 2012 (Notimex, 2012).

Cherán es una muestra de que es posible poner un alto al saqueo y a la violencia con formas alternativas de gobierno. En pocos años Cherán ha conseguido tener un Gobierno autónomo, ha cambiado el concepto de seguridad al garantizarla dentro de su territorio, ha fortalecido el tejido social y ha duplicado la matrícula escolar, además de apostar por recuperar la memoria purépecha (Calveiro, 2014: 209). En cuanto al bosque, mediante procesos de autogestión, la comunidad ha logrado producir anualmente 1.600.000 plantas para reforestar y se han rebasado las 3500 hectáreas reforestadas (Campos y Partida, 2015). Sin duda no es poca cosa.

Bibliografía

Aragón, O., 2013. “El derecho en insurrección. el uso contrahegemónico del derecho en el movimiento purépecha de Cherán”. Revista de Estudios y Pesquisas sobre as Américas, vol. 7(2), pp. 33-69.

Calveiro, P., 2014. “Repensar y ampliar la democracia. El caso del municipio autónomo de Cherán K’eri”. Argumentos, vol. 27(25), pp. 193-212.

Campo, A., y G. Partida, 2015. “Cumple Cherán cuatro años de autogobierno, sin partidos”. La Jornada (abril). Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2015/04/20/estados/029n1est, consultado el 9 de abril de 2017.

España-Boquera, M., y O. Champo-Jiménez, 2016. “Proceso de deforestación en el municipio de Cherán, Michoacán, México (2006- 2012)”. Madera y Bosques, vol. 22(1), pp. 141-153.

Ibarra, M., y J. Castillo, 2014. “Las elecciones de Cherán: usos y costumbres excluyentes”. Revista Mexicana de Derecho Electoral, 5, pp. 263-283. UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas.

Llanderal, M., 2012. Editorial. Expresiones: Órgano oficial de difusión del Instituto Electoral del Michoacán, 15, pp. 9-10.

Notimex, 2012. “El Consejo Mayor del Gobierno comunal de Cherán toma posesión”. Expansión, domingo 5 de febrero de 2012. Disponible en: http://expansion.mx/nacional/2012/02/05/el-consejo-mayor-del-gobierno-comunal-de-cheran-toma-posesion?internal_source=PLAYLIST, consultado el 3 de mayo de 2017.

Ojeda, L., 2015. “Cherán: el poder del consenso y las políticas comunitarias”. Política Común, vol. 7., Disponible en: http://dx.doi.org/10.3998/pc.12322227.0007.007

Sedesol, 2013. Cherán. Unidad de microrregiones. Disponible en: http://www.microrregiones.gob.mx/zap/datGenerales.aspx?entra=zap&ent=16&mun=024, consultado el 9 de abril de 2017.

Ventura, P., 2012. “Proceso de autonomía en Cherán. Movilizar el derecho”. Espiral. Estudios sobre Estado y Sociedad, vol. XIX(55), pp. 157-176.

* Senado de la República, México. ✉ oscarusalmeron@gmail.com

[1] Este artículo establece las bases generales, las atribuciones y las funciones que los Gobiernos municipales desempeñan dentro del modelo del Estado mexicano, además de constituir uno de los principales mecanismos legales para excluir las formas de organización política indígena de este nivel de gobierno (Aragón, 2013: 38). Es posible consultar el texto vigente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el siguiente enlace: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_240217.pdf

[2] Más información sobre la estrategia legal seguida durante el proceso de Cherán, en: O. Aragón, 2013. “El derecho en insurrección. El uso contrahegemónico del derecho en el movimiento purépecha de Cherán”. Revista de Estudios y Pesquisas sobre as Américas, vol. 7(2), pp. 33-69. Disponible en: http://periodicos.unb.br/index.php/repam/article/view/10034/7345

[3] Es posible consultar la resolución del caso Cherán de la Sala Superior del TEPJF en el siguiente vínculo: http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SUP/2011/JDC/SUP-JDC-09167-2011.htm

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